Carta de lectores del diario Clarín (noviembre del año 2009)
¨Ida y vuelta¨
Soy parte de una escuela inclusora, abierta, no discriminatoria, que no produce desigualdad, que hace lugar y atiende las necesidades de cada alumno, que destierra la violencia y educa para la no violencia. Somos docentes capacitados que transmitimos aprendizajes significativos en base a los nuevos lineamientos curriculares. Con valiosísimos recursos humanos: porteros y cocineros, que junto a los docentes, hacemos del amor a los niños la base de nuestro trabajo diario. Siempre con la puerta abierta a niños como Zoe, Lautaro, Malena, Juan Pablo, Pedro y muchísimos más que han pasado por nuestra casa escolar buscando una escuela común que no solo los integre, sino que los eduque y los atienda. Estamos a 350km de la Capital Federal , somos la escuela Nº 8 de Carlos Casares, provincia de Buenos Aires, una institución pública-estatal. Encontrar una escuela común para niños con necesidades diferentes no es una utopia. Seguro que somos muchos en nuestro país .Yo trabajo en esta, fuimos los primeros en nuestro distrito en hacer integraciones. Siempre tenemos lugar para todos aquellos que confían en nosotros. No es tan desolador el panorama, pero comparto las palabras del papá de Zoe: "es un problema social, es un problema de carencias profundas e irremediables de una sociedad”. Pero yo agregaría... no de una escuela... por lo menos de la mía. A nuestra escuela vienen todos: morenos, rubios, altos, bajos, con necesidades básicas insatisfechas, con necesidades satisfechas por las familias, judicializados, con inteligencias superiores y.......muchos otros, además de los niños con capacidades diferentes.
Es hermoso poder comprobar el avance que vamos viendo en cada uno de los niños que atendemos, la integración que hay entre ellos, la felicidad con que asisten, la unión entre los que tienen alguna discapacidad con los que no tienen ninguna. Le doy gracias a Dios por haberme dejado ser Maestra, en esta mi querida Escuela Nº 8. De una cosa estoy convencida: nos sentimos orgullosas y felices de ser una de las muchas escuelas que no expulsa lo diferente.
Silvina Menazzi (maestra recuperadora)
Conozco el tema, ya que soy fonoaudióloga y lo vivo a diario con la integración de mis pacientes. Es verdad que las escuelas, en su mayoría, son expulsoras de todos los casos diferentes al niño que aprende sin dificultades. La integración no esta bien regulada ni desde las escuelas estatales ni de las privadas. Éstas cobran sumas considerables de las obras sociales y aun así envían un maestro integrador unas horas y eso es insuficiente. ¿Qué hacen con el dinero entonces? En algunos casos el integrador le da directivas al docente y no permanece en el aula con el niño. Por tanto, el docente común queda en soledad de su aula sin saber qué hacer. Creo que el Estado debería estar más presente.No estoy de acuerdo con el papa de Zoe en que las escuelas especiales sean depósitos de niños. Siempre después de una evaluación se considera que es lo más adecuado para cada niño. Sólo que este poder lo tienen las escuelas y sus directivos que en muchos casos no están preparados académicamente para resolver.
Gladys Marassi .
Reflexiones:
1- Silvina desde Carlos Casares, nos habla de entrega, voluntad, compromiso y respeto a la PERSONAS que tienen Síndrome de Down y las vivencias muy positivas para TODOS como consecuencia de las mismas.
2- Con respecto a la carta de la Licenciada Marassi evaluaremos diferentes puntos de la misma (algunos lamentablemente muy comunes cuando de Síndrome de Down se trata):
a)"En su mayoría, son expulsoras de todos los casos diferentes al niño que aprende sin dificultades"
Es verdad .La escuela inclusiva seria una oportunidad histórica en la vida de la educación argentina para corregir este grave error.
b)"El integrador le da directivas al docente y no permanece en el aula con el niño. Por tanto, el docente común queda en soledad de su aula sin saber qué hacer. Creo que el Estado debería estar mas presente"
Lamentablemente esto es verdad y ocurre frecuentemente en el ámbito de la escuela pública. La maestra de la escuela especial encargada de la inclusión en la escuela común sólo concurre una o dos veces por semana, unas horas, para todos los alumnos integrados en una escuela. Por lo cual no se cumplen algunos de los requisitos básicos de un proceso integrador serio. El maestro integrador, en estas circunstancias, no forma parte de los dispositivos de ayuda, tanto para el alumno, para los docentes de aula, para la institución, a fin de contribuir en la elaboración de las estrategias y los formatos para hallar formas de mediación alternativa que disminuyan las barreras del aprendizaje que dificultan el acceso a la educación del alumno con alguna discapacidad. Esta Multisectorial cree que quien debe llevar adelante la educación inclusiva es el ESTADO (Nacional , Provincial y Municipal), el faro, el guía para toda la sociedad.
c) " No estoy de acuerdo con el papa de Zoe en que las escuelas especiales sean depósitos de niños. Siempre después de una evaluación se considera que es lo más adecuado para cada niño. Sólo que este poder lo tienen las escuelas y sus directivos que en muchos casos no están preparados académicamente para resolver"
Sobre esta opinión estamos absolutamente en desacuerdo.
Sólo los padres tienen el derecho de decidir a qué escuela deben concurrir sus hijos.
Para que quede más claro, a continuación transcribimos un segmento de las "¨Directrices sobre políticas de inclusión en la educación¨ elaborado por la UNESCO. " :
La inclusión se ve pues como un proceso que permite tener debidamente en cuenta la diversidad de las necesidades de todos los niños, jóvenes y adultos a través de una mayor participación en el aprendizaje, las actividades culturales y comunitarias, así como reducir la exclusión de la esfera de la enseñanza y dentro de ésta, y en último término acabar con ella. Entraña cambios y modificaciones de contenidos, enfoques, estructuras y estrategias basados en una visión común que abarca a todos los niños en edad escolar y la convicción de que corresponde al sistema educativo ordinario educar a todos los niños y niñas.
Existen varias razones de que así sea.
En primer lugar, hay una razón educativa: la exigencia de que las escuelas inclusivas eduquen a todos los niños juntos conlleva que éstas tengan que concebir maneras de enseñar que respondan a las diferencias individuales y que, por consiguiente, sean beneficiosas para todos los niños.
En segundo lugar, existe una razón social: las escuelas inclusivas pueden cambiar las mentalidades respecto de la diversidad, al educar a todos los niños juntos, y sentar así las bases de una sociedad justa y no discriminatoria.
En tercer lugar, hay una razón económica: es menos costoso establecer y mantener escuelas en las que se enseña a todos los niños juntos que establecer un complejo sistema de distintos tipos de escuelas que se especialicen en diferentes grupos de niños.
El Artículo 24 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada en 2006, que preconiza la educación inclusiva, y la legislación reciente para la protección de las lenguas indígenas, proporcionan un apoyo internacional adicional a la educación inclusiva. En el Anexo 3 figura una selección de los instrumentos normativos más pertinentes (convenciones, declaraciones y recomendaciones) que constituyen la base para la elaboración de políticas y planteamientos inclusivos. Estos instrumentos establecen los elementos fundamentales que se han de abordar a fin de garantizar el derecho de acceso a la educación, el derecho a una educación de calidad y el derecho al respeto en el entorno de aprendizaje.
En el siguiente recuadro figura una sinopsis de los marcos normativos relativos a la educación inclusiva.
Marcos normativos de apoyo a la inclusión (1948-2007)
2007 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
2006 Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
2005 Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales
1999 Convención de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Prohibición de las
Peores Formas de Trabajo Infantil y la Acción Inmediata para su Eliminación
1990 Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores
migratorios y de sus familiares
1989 Convención sobre los Derechos del Niño
1989 Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes
1979 Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
1965 Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial
1960 Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza
1948 Declaración Universal de Derechos Humanos
Argentina ha ratificado su adhesion mediante la ley 26378 a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad